Julieta Silva, cuya condena a 3 años y 9 meses de prisión fue confirmada por la Suprema Corte de Mendoza el día anterior a la feria judicial, podría ir presa en las próximas semanas.
Es que por jurisprudencia de los tribunales mendocinos, y particularmente por las ex cámaras del crimen de San Rafael, hoy Penal Tribunal Colegiado integrado por los mismos jueces que actuaban en aquellas, las personas cuya sentencia es ratificada por la Corte, inmediatamente son aprehendidas y llevadas a la cárcel, si es que estaban gozando de la libertad o prisiones morigeradas, como la domiciliaria.
Silva, acusada y condenada por atropellar y dar muerte a su ex novio Genaro Fortunato, de manera culposa, pero en un caso agravado por incumplimiento de normas de cuidado al momento de manejar, llegó al juicio con prisión domiciliaria.
Esta se le otorgó, entre otras razones, porque estaba al cuidado de sus dos hijos, menores de edad.
A Julieta le quedan herramientas para intentar estirar ir al penal. Entre ellas, un recurso de extraordinario federal, si es que encuentran elementos en el fallo y en lo resuelto por la Corte, para ir ante la Corte Nacional. Si se lo otorgaran, Silva no iría a la cárcel porque seguramente se cumplirían los plazos de los 7 meses que le quedarían de prisión, hoy domiciliaria, hasta que la Nación resolviera su situación.
Pero si el máximo tribunal mendocino rechaza el recurso extraordinario federal, en forma inmediata se hace efectiva la prisión de Silva.
Ahí, le quedaría otro recurso, que es el de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero inter tanto, Julieta ya debería estar tras las rejas.
El asunto es que así como en el momento de que se le otorgó la prisión domiciliaria se veló por los intereses superiores del niño, quizá la defensa pueda argumentar que a sólo 7 meses de cumplirse los plazos para acceder a la libertad condicional, y considerando que los dos hijos de Julieta están a su cargo y cuidado, no se justificaría un cumplimiento efectivo de la condena.
Incluso, esos 7 meses se reducirían a 5, si se estiran los plazos de resolución del eventual recurso extraordinario federal en la Corte mendocina.
Pero una interpretación estricta de la Ley 24.660, en su artículo 32, inciso f, que otorga el beneficio de la prisión domiciliaria a la madre cuyo hijo tiene menos de 5 años de edad, no le juega a favor porque el menor de Silva, ya tiene 7.
La cuestión es que, más allá de especulaciones, la mujer que alcanzó notoriedad en uno de los casos más polémicos que tramitan en el sur mendocino, podría volver a la cárcel por el incidente vial que ocurrió el 9 de setiembre de 2017.