La Corte expresó que deben ser utilizadas "exclusivamente para contribuir al esclarecimiento" de delitos en procesos penales en curso.
La acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre las
escuchas telefónicas, en función de que deben ser utilizadas
"exclusivamente para contribuir al esclarecimiento" de delitos en
procesos penales en curso, quedó oficializada hoy al ser publicada en el
Boletín Oficial.
La acordada número 17, del 19 de junio, lleva las firmas del presidente
de la Corte, Carlos Rosenkrantz, y el resto de sus miembros: Elena
Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio
Rosatti.
En la decisión, la Corte también pidió al Congreso que "certifique" que
la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) "no realiza tareas de
investigación ajenas" a las solicitadas por los magistrados y expresó
"preocupación" por la "difusión pública" de la captación de
compunicaciones que "solo puede ser dispuesta por orden judicial en el
marco de procesos penales en curso".
Por este motivo, el máximo tribunal del país solicitó a la Comisión
Bicameral Permanente de Fiscalización de los Organismos y Actividades de
Inteligencia que "certifique que la Agencia Federal de Inteligencia no
realiza tareas de investigación criminal ajenas a las expresa y
específicamente solicitadas como requerimiento de asistencia por los
magistrados judiciales".